Hechos clave:
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Exchanges, proveedores de monederos y contribuyentes con fondos en el extranjero van a declarar.
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65 empresas de criptomonedas en España serán objetivo fijo de declaración el año que viene.
Los prestadores de servicios financieros de bitcoin (BTC) y criptomonedas en España, entre los que destacan exchanges y proveedores de monederos, estarán obligados a declarar sus tenencias y operaciones con estos activos a partir del 2024.
De esa manera quedó establecido en el Real Decreto 249/2023 emitido el martes 4 de abril por el Consejo de Ministros del gobierno de España, que modifica la obligación de declaración de actividades con activos virtuales, como las criptomonedas.
De acuerdo con el Consejo, el objetivo de estas nuevas obligaciones es «mejorar el control tributario» de los hechos imponibles que puedan derivarse de la tenencia y operación con las criptomonedas.
Todas las nuevas obligaciones de declaración sobre monedas virtuales deberán presentarse desde el 1 de enero del año 2024, según quedó ordenado en el decreto.
Exchanges, monederos y contribuyentes a declarar anualmente
Con el decreto, España ahora obliga a declarar anualmente a las entidades con sede en ese país, que hayan creado u ofrecido monederos de criptomonedas.
En detalle, el gobierno le exige a estas empresas que revelen «la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas«. Esto de acuerdo con los términos previamente establecidos por la orden ministerial.
Quiere decir, los saldos de los clientes, tipo de criptomoneda, su valor en euros y la identificación del usuario.
Lo mismo ocurre con los exchanges. El decreto obliga a las empresas en España que ofrezcan servicios de intercambio de criptomonedas por dinero fíat u otros criptoactivos, así como que intermedien en las operaciones y además provean custodia; a declarar anualmente ante la Hacienda española.
En estos casos, la declaración es referente a las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas.
Los ciudadanos contribuyentes españoles que tienen sus fondos en un exchange o monedero extranjero, también son diana del decreto aprobado por el Consejo de Ministros. Sobre ellos también pesa la obligatoriedad de declarar sus tenencias anualmente, conforme lo establecido en la nueva normativa.
Tal como lo muestra el aviso de Hacienda, las personas físicas o jurídicas que residan en España y tengan fondos bajo custodia en un servicio internacional, serán obligadas a declarar «la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular».
FUENTE: CRIPTONOTICIAS