Estas son las personas que podrán solicitar la ayuda.
Esta es la guía para solicitar la ayuda de 200 euros del Gobierno
La Ayuda de 200 euros propuesta por el Gobierno de España tiene como meta hacer frente a la creciente crisis económica que impera en nuestro país condicionada por la invasión rusa en Ucrania.
En el decreto anticrisis, estipulado el 26 de junio, se refleja que este bono se podrá solicitar a partir de este mes de julio. Sin embargo, el formulario electrónico para solicitar la Ayuda no se encuentra disponible en este momento.
Los solicitantes de este cheque podrán presentar su candidatura hasta el 30 de septiembre. Además, la Ayuda del Gobierno de España se embolsará mediante una transferencia bancaria en un pago exclusivo de 200 euros al mes. Además, la prórroga de la Ayuda se podrá extender hasta el 31 de diciembre de 2022.
Por otro lado, si una vez transcurrido el plazo de tres meses desde la conclusión del plazo de presentación no se ha efectuado el pago, la solicitud se entenderá como desestimada, por lo que no se abonará la Ayuda.
¿Qué personas pueden percibir la Ayuda del Gobierno y quiénes no?
Según el artículo 31 del Real Decreto- ley 11/2022, 25 de junio, publicado en el BOE, informa de que las personas que pueden abonar la ayuda de los 200 euros son aquellas que dispongan de residencia legal, continua y efectiva en España; los desempleados inscritos en la oficina de empleo y que hayan ingresado menos de 14.000 euros en el 2021; y por último, que la suma del patrimonio anual de las personas convivientes sea inferior a los 43.196 euros anuales.
Asimismo, no percibirán la Ayuda aquellas personas que perciban el Ingreso Mínimo Vital y aquellas que ingresen una pensión abonada por el Régimen General o por los Regímenes de la Seguridad Social.
¿Cómo se puede solicitar la Ayuda de 200 euros?
La Ayuda se podrá solicitar a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la presentación de dicha solicitud es necesario descargarse la aplicación Cl@ve o el certificado electrónico.
Además, para reclamar esta ayuda el solicitante deberá proporcionar el NIF al igual que las personas que convivan en su domicilio; y la cuenta bancaria del solicitante para que se le realice el ingreso.
Fuente: Canal digital antena3
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